Por qué los reclamos por accidentes de bicicleta requieren un manejo cuidadoso
Los ciclistas a menudo empiezan en desventaja: los conductores y los ajustadores pueden suponer que el ciclista estaba en el lugar equivocado o que era difícil de ver. Sin embargo, un choque del que un conductor sale ileso puede dejar a un ciclista con huesos rotos o con una lesión en la cabeza o en la columna.
Es conveniente hablar con un abogado si:
- El conductor o una compañía de seguros dice que el choque fue culpa suya
- Un conductor abrió una puerta en su camino o le sacó de la vía
- El conductor abandonó el lugar o no ha sido identificado
- Usted no es dueño de un auto y no sabe con certeza de quién es el seguro que le cubre
- Un familiar murió
La consulta con nosotros es gratuita y sin compromiso. Si aceptamos su caso, usted no debe honorarios ni costos a menos que recuperemos dinero para usted.
Cómo ocurren los choques de bicicleta
- Conductores que adelantan demasiado cerca
- Giros a la derecha frente al ciclista: un conductor adelanta a un ciclista y luego gira a la derecha atravesándose en su camino
- Conductores que giran a la izquierda frente a un ciclista que viene en sentido contrario
- Apertura de puertas (dooring): alguien que está en un auto estacionado abre una puerta contra un ciclista que pasa
- Conductores distraídos, que exceden el límite de velocidad o que tienen las facultades disminuidas
- Choques de noche o al anochecer
Sobre la apertura de puertas, la ley de Florida dice que nadie, ni el conductor ni un pasajero, puede abrir la puerta de un auto a menos que sea razonablemente seguro hacerlo y que no interfiera con el resto del tráfico, incluidos los ciclistas.
Qué hacer después de un accidente de bicicleta
- Llame al 911: Consiga ayuda médica y pida que la policía acuda. El informe del choque es un registro importante de lo que sucedió.
- Obtenga la información del conductor: Pida el nombre, el número de teléfono, la licencia de conducir, la placa y el seguro del conductor. Si el conductor se va, anote la placa, la marca y el color del vehículo, y la dirección en que se fue.
- Documente el lugar: Fotografíe el vehículo, su bicicleta, la vía y sus lesiones. Obtenga los datos de contacto de los testigos y anote si hay cámaras cerca.
- Guarde su bicicleta y su equipo: No repare ni tire su bicicleta, su casco ni su ropa. Pueden ayudar a mostrar cómo ocurrió el choque.
- Consulte a un médico dentro de los 14 días: Para que la cobertura de protección contra lesiones personales (PIP, por sus siglas en inglés) de Florida pague sus facturas médicas, por lo general usted debe recibir tratamiento médico inicial dentro de los 14 días siguientes al choque. Vaya aunque se sienta bien; algunas lesiones tardan en manifestarse.
- Tenga cuidado con las compañías de seguros: Reporte el choque a su aseguradora de auto (o a la de un familiar, si esa póliza le cubre) y cumpla con los requisitos de la póliza, pero piénselo dos veces antes de dar una declaración grabada a la aseguradora del conductor o de firmar cualquier cosa que esta le envíe. Lo que usted diga puede usarse para reducir su reclamo.
- Llame a un abogado: Cuanto antes intervenga un abogado, antes podrán preservarse las pruebas.
Leyes de Florida sobre bicicletas que debe conocer
Los ciclistas tienen los derechos y deberes de los conductores
En Florida, una bicicleta es un vehículo, y un ciclista tiene los mismos derechos y deberes que cualquier otro conductor, salvo cuando la ley establece reglas especiales para las bicicletas. Un ciclista que va más despacio que el tráfico generalmente debe usar el carril para bicicletas. Si no lo hay, el ciclista debe mantenerse tan cerca como sea factible del borde derecho de la vía. Hay excepciones, como cuando adelanta, cuando se prepara para girar a la izquierda o cuando evita un peligro o un carril demasiado angosto para compartirlo de forma segura. En una acera o en un cruce peatonal, un ciclista tiene los derechos y deberes de un peatón y debe ceder el paso a las personas que caminan.
La regla de los 3 pies al adelantar
Un conductor que adelanta a un ciclista en el mismo carril debe dejar al menos 3 pies de distancia. Si no puede hacerlo de forma segura, el conductor debe mantenerse detrás hasta que pueda. La regla de los 3 pies también se aplica cuando el ciclista va por un carril para bicicletas, a menos que el carril esté separado del tráfico por una barrera física, y también protege a quienes van en bicicletas eléctricas.
Cascos y luces
Los ciclistas y los pasajeros menores de 16 años deben usar un casco para bicicleta debidamente ajustado y firmemente abrochado que cumpla la norma federal de seguridad; la ley de Florida no exige que los ciclistas de mayor edad lo usen. Y, según la ley de Florida, no usar casco para bicicleta no puede considerarse prueba de negligencia, incluida la negligencia del propio ciclista.
Entre la puesta y la salida del sol, una bicicleta debe tener una luz blanca en la parte delantera visible desde al menos 500 pies, además de una luz roja y un reflector rojo en la parte trasera, cada uno visible desde 600 pies. La falta de una luz no decide automáticamente un caso nocturno, pero las aseguradoras pueden usarla para alegar culpa compartida.
Bicicletas eléctricas
Florida define una bicicleta eléctrica como una bicicleta o un triciclo con pedales que funcionan, un asiento y un motor de menos de 750 vatios que deja de dar asistencia al alcanzar las 20 millas por hora (clases 1 y 2) o las 28 millas por hora (clase 3). Quien va en una bicicleta eléctrica generalmente tiene los mismos derechos y deberes que cualquier otro ciclista, y la ley de Florida no exige licencia de conducir, registro ni seguro para usarla. Las ciudades y los condados pueden agregar sus propias reglas, incluidas edades mínimas.
El PIP y cuándo puede demandar al conductor
Las reglas de seguro sin culpa (no-fault) de Florida se aplican cuando un auto o un camión atropella a un ciclista. La protección contra lesiones personales (PIP) generalmente paga el 80% de sus facturas médicas razonables y médicamente necesarias y el 60% de sus ingresos perdidos, hasta el límite de $10,000, sin importar quién causó el choque. Los beneficios médicos superiores a $2,500 solo están disponibles si un médico, un médico osteópata, un dentista, un asistente médico (physician assistant) o un enfermero registrado de práctica avanzada determina que usted tuvo una condición médica de emergencia. Si usted es dueño de un auto asegurado en Florida, generalmente paga su propio PIP. Si no es así, el PIP de un auto que pertenezca a un familiar que viva con usted puede cubrirle. Si no se da ninguno de esos casos y usted es residente de Florida, generalmente paga el PIP del vehículo que le atropelló.
El PIP cubre a un ciclista solo si la lesión fue causada por el contacto físico con un vehículo de motor, como ser golpeado por un auto o por algo contra lo que chocó un auto. Si un conductor le sacó de la vía y no hubo colisión, el PIP generalmente no pagará, aunque es posible que usted aún tenga un reclamo contra el conductor, y la cobertura de conductor sin seguro (UM) puede ayudar si no se puede identificar al conductor.
El PIP rara vez lo cubre todo. Para obtener del conductor culpable una compensación por dolor y sufrimiento, la ley de Florida generalmente exige que el choque haya causado una lesión permanente (dentro de un grado razonable de probabilidad médica), cicatrices o desfiguración significativas y permanentes, una pérdida significativa y permanente de una función corporal importante, o la muerte. Aunque su lesión no cumpla ese criterio, usted aún puede reclamar al conductor culpable las facturas médicas y los ingresos perdidos que el PIP no cubra.
Conductores sin seguro y choques con fuga
Florida generalmente no exige a los conductores tener una cobertura de responsabilidad civil por lesiones corporales, y algunos conductores huyen. La cobertura de conductor sin seguro o con seguro insuficiente (UM, por sus siglas en inglés) puede cubrir ese vacío. La cobertura UM es opcional, pero si usted o un familiar que viva con usted la tiene, generalmente le protege mientras va en bicicleta, no solo cuando va en un auto.
Culpa compartida
Florida aplica la negligencia comparativa modificada. Si usted tiene parte de la culpa, su compensación se reduce en proporción a su porcentaje de culpa. Si se determina que usted tiene más del 50% de la culpa, por lo general no puede obtener nada del conductor. Las aseguradoras a menudo alegan que el ciclista se pasó una señal de alto o no llevaba luces, por eso las pruebas son importantes.
Plazo para presentar una demanda
Para los choques ocurridos después del 24 de marzo de 2023, Florida generalmente le da dos años a partir de la fecha del choque para presentar una demanda. Para los choques ocurridos en esa fecha o antes, el plazo generalmente es de cuatro años. Si deja vencer el plazo, puede perder su reclamo por completo. Los reclamos contra una agencia gubernamental también tienen requisitos de notificación y límites a la indemnización por daños y perjuicios, así que hable pronto con un abogado.
¿Qué compensación puede obtener?
Según los hechos de su caso, la compensación puede incluir:
- Gastos médicos pasados y futuros
- Salarios perdidos y pérdida de la capacidad de generar ingresos
- Dolor y sufrimiento
- Angustia mental y sufrimiento emocional
- Pérdida de la capacidad de disfrutar de la vida
- Cicatrices y desfiguración
- Daños a su bicicleta y a su equipo
Cuando se aplica el criterio de lesión de la ley de seguro sin culpa (no-fault) de Florida, el dolor y sufrimiento, la angustia mental, la pérdida de la capacidad de disfrutar de la vida y las cicatrices solo pueden obtenerse del conductor culpable si la lesión cumple ese criterio. Las facturas médicas y los salarios perdidos pueden recuperarse en la medida en que el PIP no los haya pagado.
Si un ciclista murió, la familia puede tener un reclamo por muerte injusta. En Florida, este reclamo lo presenta el representante personal del patrimonio sucesorio de la persona, y el plazo generalmente es de dos años a partir de la fecha de la muerte.
Cómo preparamos su caso de accidente de bicicleta
Actuamos con rapidez para reunir las pruebas, entre ellas:
- El informe policial del choque y las multas de tránsito que se hayan emitido
- Videos de negocios, viviendas, timbres con cámara y cámaras de tablero (dash cams)
- Fotos y mediciones de la vía, el carril para bicicletas y las líneas de visión
- Una inspección de su bicicleta, su casco y el vehículo
- Todas las pólizas de seguro que puedan aplicarse, incluidas las pólizas de las personas que viven en su hogar
Cuando los hechos están en disputa, trabajamos con expertos en reconstrucción de accidentes. Si la compañía de seguros no hace una oferta justa, estamos preparados para llevar su caso a los tribunales.